Desde el 1 de septiembre, Chile dejará de estar bajo la alerta sanitaria debido a la pandemia del Covid-19 que comenzó en 2020.
Luego de 1.301 días, nuestro país dejará atrás la medida implementada por el Ministerio de Salud, dirigido en ese entonces por Jaime Mañalich. El decreto, se ingresó en febrero de 2020, y expresaba que se “otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo Coronavirus (2019-ncov)”.
Mañalich afirmaba en ese momento que: “Ya firmamos la alerta sanitaria correspondiente a nuevo Coronavirus. Ayer el contralor tuvo la gentileza de validarlo, se publica mañana en el Diario Oficial y con ello entra en vigencia para todo el territorio nacional”.
1.301 días que tuvieron a chilenos y chilenas bajo diferentes medidas y reglas, destacando la más importante: el uso de mascarillas, que actualmente sólo aplica para recintos de salud y establecimientos educacionales.
¿Qué implicará el fin de la alerta sanitaria?
La medida otorgaba facultades a las autoridades gubernamentales para poder ejecutar una rápida provisión de recursos, así como también la toma de medidas extraordinarias que fuera necesarias para poder enfrentar la crisis mundial que significó la pandemia del Coronavirus.
Si bien, esta alerta en un principio fue fijada por un mes, ante el aumento de casos Covid-19 se extendió vía decreto dos veces hasta el 31 de agosto de 2023.
Desde la aplicación de la medida, se ordenó el uso obligatorio de mascarillas y se habilitó el teletrabajo como derecho del trabajador en todos los sectores. Esta modalidad solo procedía en el caso “que la naturaleza de las funciones de los trabajadores lo permita y no se pueden disminuir las remuneraciones respectivas”.
Los trabajadores tenían derecho a este tipo de trabajo si es que tenían a su cuidado a un menor de 18 años, cuidado de una persona adulta mayor (60 años o más) o bajo su cuidado a personas en situación de discapacidad (acreditada con certificado, credencial o inscripción de discapacidad).
Otra medida de protección que se encontraba vigente con esta alerta, era el acceso a un permiso cuando la salud de un menor requería de atención en el hogar con motivo de enfermedad grave. La circunstancia, debía ser acreditada por medio de un certificado médico. Para mujeres embarazadas el empleador debía ofrecer la modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia.
Otra de las facultades que otorgaba la alerta sanitaria era la opción de contratar a personal no especializado e incluso estudiantes para combatir la emergencia.
De esta forma, a partir de este 1 de septiembre el uso de la mascarilla será sólo una recomendación. El teletrabajo, ya instalado en muchas empresas, dependerá de cada empleador o empresa.